Desde este lunes
19 de noviembre, entra en vigor la medida recogida en la ley antifraude que
prohíbe el pago en efectivo igual o superior a los 2.500 euros. La pretensión
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es la de intentar
reducir al máximo posible la circulación de dinero negro que evada la
obligación de pagar impuestos a Hacienda. Las personas o empresas que no
cumplan la nueva legislación se enfrentarán a una sanción del 25% de la
cantidad que se ha pagado o se ha recibido de manos del pagador. La AgenciaTributaria puede actuar en contra de quien paga, de quien recibe el dinero, o
de ambos. Además, mucho ojo a los pícaros, porque no servirá dividir un pago
superior a los 2.500 euros en cantidades inferiores a la misma para evitar las
responsabilidades tributarias. Si alguien actúa de este modo, Hacienda sumará
la cantidad total y aplicará exactamente igual la sanción económica.
Hace meses el departamento dirigido por
Cristóbal Montoro anunció que trabajaba en la creación de una ley antifraude
“para luchar por tierra, mar y aire” contra el fraude fiscal que supone un
drenaje constante para las arcas públicas, máxime en los tiempos que corren,
tan complicados para la financiación de España. La limitación del pago en
efectivo ha entrado en vigor este 19 de noviembre, pero el resto de novedades
de la ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal entraron en vigor el
pasado 31 de octubre. La normativa de la Agencia Tributaria establece en ellas
la obligación de informar sobre los bienes y derechos adquiridos fuera de las
fronteras españolas, la ampliación de la responsabilidad de los sucesores de
sociedades, la inversión del sujeto pasivo en operaciones inmobiliarias, o la
exclusión del régimen de módulos de los empresarios que facturen una cantidad
inferior al 50% de sus operaciones a
particulares y cuyo volumen de rendimientos sea superior a 50.000 euros.
Asimismo, la implantación de un tope para
realizar operaciones en metálico va acompañada de la puesta en marcha de un
apartado en la página Web de la Agencia Tributaria para que las personas puedan
denunciar a quienes infrinjan la ley. Amén del chivatazo ajeno, se da la
posibilidad de que alguien se autoinculpe antes de transcurrir tres meses del
pago o cobro de más de 2.500 euros. Declarando antes de 90 días el dinero
evadido a Hacienda, se evitará la sanción del 25% de la cantidad en
circulación.
Por último, cabe destacar que quedan fuera de
la nueva limitación del dinero en efectivo los turistas, cuyo tope se ha
situado en los 15.000 euros. Según el Gobierno, esta exención se realiza para
evitar que la norma disuada a la gente para venir a España y que si lo hace,
gaste una cantidad menor a la que tenían pensado para evitar trámites
burocráticos y el pago de impuestos.
Fuentes:
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